Desde hace meses en el blog recibo algunos comentarios en donde a lo largo de su exposición se desliza algún que otro: “gordo boludo“, “abogado cerdo chupa sangre” o hasta un
“lacra de la sociedad” entre otros.
En muchas ocasiones he optado por no publicar esos comentarios para no bajar la calidad del blog y en parte para no alimentar a trolls, ya que si bien la cantidad de visitas que tengo diariamente es relativamente baja, por lo que he
podido comprobar son de excelente calidad. Y quiero que así se mantenga.
Pero nunca me había tenido que enfrentar a un desagradable y muy poco feliz comentario con cierta irrelevante referencia a la religión de un periodista, si se quiere, como el
que me han acabado de dejar.
Si bien no quiero hacer hincapié sobre el comentario en sí (Comment Nro
5) ya que no quiero darle mayor importancia, lo quiero utilizar para explicar a muchos bloggers la responsabilidad que tenemos como administradores de nuestros blogs, ya que los
“comments” dejados por terceros en nuestras bitacoras son de nuestra entera responsabilidad amén de la responsabilidad del tratamiento de esas expresiones.
La explicación sobre nuestra responsabilidad legal por los comentarios vertidos en nuestos blogs la voy a ilustrar enteramente con jurisprudencia (casos similares donde la justicia ya se ha
expedido) y voy a citar pasajes escritos por jueces en casos similares, para que no quede duda alguna:
Un blog puede ser equiparado en lo que a la participación de sus usuarios se refiere a un foro moderado, eso es lo que de alguna manera se puede inferir de la lectura del fallo S.M y otros
c/ Jujuy Digital y/o Jujuy.com y otros s/daños y perjuicios en el que la Sala 1ª de la Cámara Civil y Comercial de Jujuy y del Superior Tribunal de Jujuy condenó por daño moral al
administrador del sitio Jujuy.com.
Texto completo del fallo (Gentileza Diariojudicial.com): fallojujy.doc
El hecho es que alguien se tomó el trabajo de detallar las supuestas aventuras de una mujer y sus ocasionales amigos. e incluirlo en forma de comentario dentro de la página.
La sentencia establece que cada dueño de un sitio web es responsable por lo que se diga en él
los comentarios no fueron más que “rumores insidiosos” y “agraviantes” y provocaron una situación de humillación para la pareja. Y teniendo en cuenta que dentro del código civil hay un
artículo, el 1113, segunda parte que establece que los dueños
de una cosa son responsables por los riesgos que ella pudiera ocasionar a terceros.
En definitiva, por no moderar con sumo cuidado los mensajes en la página el titular del sitio web terminó con esta cuenta a pagar en sus manos:
$ 20.000 para cada parte “injuriada�? (esposo y esposa)
$ 9.600 para el abogado demandante
$ 6.720 para el abogado defensor
$ 960 y $ 670 en concepto de costas por un incidente dentro del proceso.
$ 5.600 En concepto de honorarios para el abogado demandante por su trabajo en la apelación.
Aprox. $ 4.000 Costo que tuvo el escrito de apelación.
Como verán y en esto han coincidido muchos abogados, poseer unas claras políticas de uso del sitio web se hacen tan imprescindibles como su respeto “a rajatabla” para lograr tener una efectiva
defensa al momento de una eventual demanda judicial.
Pero por sobre todo, el sentido común y el manejo con el mayor de los cuidados de los comentarios en nuestros foros y blogs son el mejor aliado para no caer en estas trampas legales manejadas
por abogados y jueces no muy duchos en el manejo y comprensión de las nuevas tecnologías.
autor:www.e-laws.com.ar/2007/08/.../responsabilidad-legal-por-los-comentarios-que-los-lectores-dejan-en-los-blogs-y-f...